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viernes, 31 de marzo de 2023

Clonación (2): Los límites de la clonación

Dos años después de que la famosa oveja Dolly llegara al mundo, convirtiéndose en el primer mamífero clonado a partir de una célula de animal adulto, el Consejo de Europa aprobaba la primera norma internacional que prohibía la clonación de seres humanos. Era el 12 de enero de 1998 y el protocolo fue firmado ese mismo día por diecinueve países.

Han pasado veinte años y la clonación humana sigue sin estar permitida en la mayoría de países del mundo, aunque sí se investiga con otras modalidades de la tecnología, según la regulación de cada Estado. Nuevas técnicas de edición genética como CRISPR Cas/9 están obligando a los países a replantearse sus leyes bioéticas: ¿ha llegado el momento de permitir la clonación humana?

LÍNEAS ROJAS CONTRA LOS CLONES HUMANOS
Cuando hablamos de clonación diferenciamos entre la natural y la artificial. La primera está presente en algunas plantas o bacterias, que producen descendientes genéticamente idénticos, y también en los hermanos gemelos monocigóticos (fruto de un mismo óvulo fecundado), con prácticamente la misma información genética

En cuanto a clonación artificial, hay de tres tipos: génica, reproductiva y terapéutica. En la génica, la más utilizada por los científicos, se copian genes o segmentos de ADN. En la reproductiva se reproducen animales enteros, como en el caso de Dolly, mientras que en la terapéutica se producen por clonación células madre embrionarias para crear tejidos que puedan reemplazar a otros dañados.
“En general, los países que han abordado la clonación han prohibido la reproductiva”, explica a OpenMind Timothy Caulfield, director de investigación del Instituto de Derecho Sanitario de la Universidad de Alberta (Canadá). Dentro de esta técnica, se han marcado líneas rojas sobre la replicación de seres humanos, pero no de animales. De hecho, después de Dolly se han clonado más especies como terneros, gatos, venados, perros, caballos, bueyes, conejos o ratas.

El caso del surcoreano Hwang Woo-suk, que en 2004 publicó un estudio en la revista Science donde afirmaba haber clonado embriones humanos por primera vez, acabó en los tribunales. Además de haber incumplido la ley de bioética de su país, el científico fue acusado de fraude, al falsear tanto los procedimientos como los datos aportados. Expulsado de la Universidad de Seúl (Corea del Sur), fue condenado a dos años de cárcel pero finalmente estuvo tres bajo vigilancia.

DENTRO Y FUERA DE LAS FRONTERAS
El denominador común de las normas nacionales e internacionales que prohíben la clonación en humanos es el concepto de dignidad humana, algo que, a juicio de Timothy Caulfield, habría que analizar y definir mejor. En una investigación realizada junto a Shaun Pattinson, de la Universidad de Durham (Reino Unido), ambos estudiaron la legislación sobre el desarrollo de embriones humanos, tanto con fines reproductivos como no reproductivos de treinta países (entre ellos Estados Unidos, España y Reino Unido).

Aunque hay una práctica unanimidad en la prohibición de la clonación embrionaria con fines reproductivos, en el caso de otras finalidades no todos los países la impiden. Así ocurre en Estados Unidos, donde algunos Estados como California la permiten, o en Reino Unido.

“Existen verdaderos problemas de seguridad asociados con la clonación reproductiva que claramente justifican su regulación, pero gran parte del debate político se ha centrado en cuestiones mal definidas sobre dignidad humana, mercantilización y determinismo genético”, sostiene Caulfield, que también es catedrático de Derecho Sanitario y Política.

Junto a las legislaciones nacionales hay otras internacionales como el citado protocolo del Consejo de Europa, que entró en vigor en 2001 y que prohíbe “toda intervención destinada a crear un ser humano genéticamente idéntico a otro, vivo o muerto”.

Por su parte, la UNESCO aprobó en 1997 la Declaración Universal sobre el Genoma y los Derechos Humanos en la que también recoge su oposición a la clonación humana con fines reproductivos, pero no es de obligado cumplimiento.
“En 2015, el Comité Internacional de Bioética de la UNESCO elaboró un informe con una recomendación en la que instaba a los Estados y gobiernos a producir un instrumento jurídicamente vinculante a nivel internacional para prohibir la clonación humana con fines reproductivos”, indica a OpenMind Adèle Langlois, profesora titular de Relaciones Internacionales en la Universidad de Lincoln (Reino Unido).

LA BIOMEDICINA DEL FUTURO
Los avances en tecnologías de edición genética y en medicina regenerativa que, en algunos casos, utilizan o combinan técnicas de clonación, van por delante de las leyes bioéticas.

En Reino Unido se ha autorizado a que un grupo de investigadores edite genéticamente embriones humanos utilizando la técnica CRISPR/Cas9, como hizo el pasado verano un equipo de Estados Unidos dirigido por Shoukhrat Mitalipov. Este científico ya obtuvo en 2013 células madre embrionarias humanas mediante clonación terapéutica, lo que abrió la puerta al desarrollo de nuevos tejidos para el propio paciente.

“Si la tecnología avanza de forma que puedan abordarse las preocupaciones sobre la seguridad, es posible que se revisen las regulaciones que prohíben la clonación con fines de reproducción humana”, opina Langlois.

A juicio de Pattinson, en el caso de que la tecnología de la transferencia nuclear (pasar el núcleo de una célula a un óvulo sin núcleo) llegara a ser tan segura como la fecundación in vitro, las leyes que prohíben la clonación reproductiva se enfrentarán a un gran desafío.

¿Y qué opinan las nuevas generaciones? En las clases de Derecho que Caulfield imparte en la Universidad de Alberta los estudiantes debaten si prohibir o no la clonación reproductiva. Aunque la mayoría se ha mostrado siempre a favor de su prohibición, el año pasado todos pensaron que debía permitirse “pero que debía regularse cuidadosamente”, matiza el profesor.

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